El Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados de Santa Fe ha decidido suspender y abrir formalmente el proceso de enjuiciamiento, conocido como «jury», contra el juez penal de Reconquista, Mauricio Martelossi. Esta medida cautelar incluye la suspensión preventiva del magistrado, con la retención del 50% de sus haberes mientras dure el procedimiento.
La resolución de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe de iniciar este proceso se desencadenó, entre otras cuestiones, por la liberación de un imputado que, días después, volvió a delinquir y asesinó a Juan Carlos Martínez, un remisero en Reconquista. Las denuncias iniciales fueron presentadas por los ministros Fabián Bastia y Pablo Cococcioni. Posteriormente, el procurador de la Corte Suprema, Jorge Barraguirre, no solo consideró que correspondía la conformación del Tribunal de Enjuiciamiento, sino que también presentó una denuncia ampliatoria que incluía más de 15 casos adicionales.
Composición y Primeros Pasos del Tribunal: El Tribunal de Enjuiciamiento estuvo conformado por:
• Integrantes de la Corte Suprema.
• Dos representantes de la Legislatura: el senador Rodrigo Borla y el diputado José Corral2.
• Dos abogados: Lucas Rey Castro, en representación de Venado Tuerto, y Héctor Ferrero, por Rafaela.
Una vez admitida formalmente la denuncia, el tribunal procedió a la suspensión provisional del magistrado, ordenó el pago del 50% de su remuneración y retuvo el 50% restante, además de disponer su comparecencia al juicio en un plazo de tres días.
Fases y Plazos del Proceso: El desarrollo del «jury» contra el juez Martelossi seguirá una serie de pasos con plazos definidos:
• Formulación de la Acusación: Una vez que el denunciado haya comparecido, el Procurador General tendrá 10 días para formular la acusación.
• Traslado al Imputado: Se le dará traslado de la acusación al juez Martelossi por un término igual (10 días).
• Período de Prueba: Si fuera necesario, se abrirá la causa a prueba por un plazo que no excederá los 30 días, prorrogable según el criterio del tribunal. La presentación de pruebas deberá realizarse dentro de los primeros tres días de este período.
• Audiencia de Vista de Causa: Concluido el período de prueba, el Presidente del tribunal fijará, para quince días después, la audiencia de vista de causa. En esta audiencia, el acusador y el imputado expondrán oralmente sus conclusiones sobre el mérito de la prueba, siguiendo ese orden.
• Estudio, Deliberación y Sentencia: Tras la audiencia, el tribunal deberá estudiar, deliberar y dictar sentencia en un término no superior a diez días. El tribunal tiene la facultad de disponer medidas adicionales, siempre que esto no exceda en más de cinco días el plazo para dictar sentencia. La resolución final se adoptará por mayoría de los miembros del tribunal, absolviendo o condenando al acusado.
La duración total de este juicio no podrá superar los 210 días hábiles, contados desde la admisión de la denuncia hasta el dictado de la sentencia definitiva.
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