La Convención Constituyente aprobó su reglamento de funcionamiento y el programa de trabajo

La Convención Constituyente ha logrado importantes avances en su funcionamiento, aprobando su reglamento, el plan de trabajo, el presupuesto y haciendo uso de la prórroga de su funcionamiento. Estos acuerdos fueron el resultado de intensas reuniones de Labor Parlamentaria e internas de los distintos bloques.

Aprobación del Reglamento y Artículos Clave

El reglamento de funcionamiento fue avalado en general por todos los convencionales, aunque se registraron votos en rechazo a algunos artículos por parte de los bloques La Libertad Avanza, Somos Vida y Libertad, Somos Vida y Familia, y Activemos. El reglamento consta de 90 artículos.

Dos de los artículos que generaron rechazo parcial fueron:

Artículo 11° (Voto del Presidente): Establece que «El Presidente tendrá derecho de voto en todas las votaciones y, en caso de empate, luego del trámite fijado en el artículo 76, el suyo será el que desempate».

Artículo 72° (Mayorías): Afirma que «Las decisiones sobre proyectos de reforma o de resolución para ser válidas deberán ser aprobadas por mayoría simple».

Las sesiones de la Convención Reformadora se llevan a cabo en el recinto de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, en la ciudad de Santa Fe. Las Comisiones, por su parte, funcionarán en las instalaciones de la Legislatura provincial, con la excepción de aquellas reuniones que la Comisión de Labor Parlamentaria disponga que se realicen en la ciudad de Rosario. La sesión en la que se votó el reglamento y el plan de trabajo fue presidida por Felipe Michlig.

Conformación de Comisiones

El acuerdo de la Convención establece la creación de las siguientes comisiones, con sus respectivas integraciones:

• Comisión de Labor Parlamentaria: Integrada por las autoridades de los bloques constituidos y miembros designados por el pleno de la Convención.

• Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento: Compuesta por once convencionales.

• Comisión Redactora: Conformada por dieciocho miembros.

• Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías: Integrada por dieciséis legisladores.

• Comisión de Poder Legislativo y Poder Ejecutivo: Compuesta por dieciocho convencionales.

• Comisión de Poder Judicial y otros órganos constitucionales: Integrada por veinte convencionales.

• Comisión de Régimen Municipal, Derecho a la ciudad y ordenamiento territorial: Conformada por quince miembros.

• Comisión de Funcionamiento del Estado y participación ciudadana: Compuesta por quince convencionales.

Además, el pleno de la Convención tomó juramento a los tres secretarios para su funcionamiento: Diego Maciel (Administrativo), Santiago Mascheroni y Mariano Cuvertino (Parlamentarios), y a cuatro subsecretarios: Juan Cruz Cándido, Marcelino Lago, Guillermo Reviglio y Germán Pugnanoli.

Prórroga y Programa de Trabajo Detallado

La Convención utilizó la posibilidad de prórroga de 20 días establecida por la Ley que declaró la necesidad de la reforma de la Constitución. Esta prórroga extiende el plazo de funcionamiento de la Convención Reformadora de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, asignándole sesenta días corridos en total para cumplir su cometido, según afirmó Fabián Bastia, presidente del bloque de Unidos. Esta extensión significa que la Convención funcionará hasta el 12 de septiembre.

El programa de trabajo votado mediante una resolución establece un cronograma preciso para el avance de la reforma constitucional:

• Las comisiones temáticas podrán comenzar su labor una vez constituidas y su trabajo se extenderá, como máximo, hasta que resten veinte días corridos para el vencimiento del plazo final de la Convención.

• Las comisiones podrán emitir sus despachos y remitirlos a la Comisión Redactora a partir de que resten treinta días para la finalización del plazo.

• Las comisiones deberán cumplir con la remisión de sus despachos a la Comisión Redactora, como máximo, el día en el que resten veinte días para la finalización del plazo.

• Si las comisiones no cumplen con este plazo, la Comisión Redactora se abocará directamente al tratamiento de los artículos o temas, conforme al artículo 28 del Reglamento.

• La Comisión Redactora deberá remitir sus dictámenes al pleno de la Convención para su tratamiento hasta que resten cinco días para la finalización del plazo.

• Finalmente, la Comisión Redactora recibirá los despachos del Pleno de la Convención y los ordenará para ponerlos a consideración del Pleno, como máximo, tres días antes de la finalización del plazo.

Este plan de trabajo y la prórroga buscan dar «certeza y certidumbre» al proceso de reforma constitucional.


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